martes, 3 de julio de 2012

El Panadero y los Maestros Yogurteros


Érase una vez, hace mucho, mucho tiempo, en un reino muy lejano, vivía un Rey, y aunque no todo el mundo estaba de acuerdo con él, este lo intentaba hacer lo mejor posible.

En este Reino, habitaban los mayores maestros reposteleros del mundo mundial, y su especialidad era la elaboración de los yogures.  Venia gente de todo el mundo solo para probarlos y comprarlos.  Hacían yogures de todos los sabores, y todo con ingredientes naturales, nada de conservantes, ni colorantes, ni aditivos ni nada de eso.  Se podrían decir que eran yogures artesanos. Estos maestros de la reposteleria pertenecían a una Asociación y como no, se llamaba:”Asociación de Maestros Yogurteros de un Reino muy Lejano (AMYRL)”.



Como ya he dicho antes, el Rey intentaba hacer las cosas bien, y una de las primeras ordenes que hizo, al ver que mucha gente pasaba hambre, fue que los panaderos dieran todos los días pan gratis a todos los ciudadanos.  Pero alguno de vosotros pensareis ¿Entonces los panaderos se arruinarían? Púes no, lo que tenía que hacer los panaderos era llevar al Rey los recibos que les habían dado los ciudadanos conforme habían recibido el pan, y luego el Rey se los pagaban gracias a los impuestos que cobraba a todo el mundo.  Si un panadero había dado cinco panes, el Rey le paga esos cinco panes.  Y durante un tiempo la cosa fue muy bien.

Pero un día, a un panadero se le ocurrió lo siguiente: Todos los días doy seis barras de pan, y por ello cobro las seis barras.  Si diera más pan, me darían mas dinero, pero la gente ya tiene pan de otros panaderos. ¿Y si diera con cada barra de pan un yogurt? La gente me pediría a mi montones y montones de panes que luego yo iría al Rey y me pagaría todo el pan dado y así seria rico.

Y dicho y hecho, empezó a dar con cada barra de pan un yogurt, y así cada día empezó a tener mas y mas gente y el Rey le empezó a dar mas y mas dinero.

Por otro lado los Maestros Yogurteros empezaron a ver que cada vez se vendían menos yogures, aunque fueran cada día mas y mas buenos, así que un día se reunieron en la Asociación (AMYRL) y decidieron investigar para ver lo que pasaba.

No tardaron en descubrir el engaño, y todos juntos fueron a ver al Rey para explicarle que es lo que pasaba.  El Rey indignado, mandó llamar al panadero y le dijo:” Panadero, me has deshonrado y has deshornado a mi Reino, el dinero que te pagaba por el pan, no era para pagar también el yogurt que das, ninguno de mis ciudadanos tiene la obligación de pagar tus yogures, por eso te obligo a devolver todo el dinero que te he dado y te destierro para siempre por engañarme a mi y a mi pueblo”

Y así el panadero se fue, lejos, lejos y nunca mas se le volvió a ver.  Y colorín colorado este cuento se ha acabado.

Espero que os haya gustado el cuento que acabáis de leer, pero no tiene tanto de cuento como algunos de vosotros pensareis, y ahora os explicaré el porque.

Ese reino tan lejano, tan lejano, resulta que es España, los Maestros Yogurteros son los profesionales en esto de la Protección de Datos, la Asociación de Maestros Yogurteros de un Reino muy Lejano, es la Asociación Profesional Española de Privacidad (APEP), y el panadero es la empresa Conversia y la Fundación Tripartita.

            Dicha empresa hace cursos de formación en tema de Protección de Datos a los empleados de empresas y estos cursos están subvencionados a través de la Fundación Tripartita.  Son esos cursos que a las empresas no le cuestan dinero ya que va a cargo de la Seguridad Social.  Pues bien, hasta aquí todo correcto, el problema viene que a parte de los cursos, también hacen la Adaptación a la LOPD de las empresas, a coste cero, y eso creo que se llama fraude, ya que el dinero subvencionado es para cursos de formación, no para gestión y asesoramiento en temas de la LOPD.

Por lo que desde aquí también queremos decir: #LOPDcosteceroNO

martes, 26 de junio de 2012

Señoras de Limpieza y la LOPD


El 17 de Noviembre del 2011, se publicó en el B.O.E. el Real Decreto 1620/2011, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servio del hogar familiar.
Y entre otras cosas se obliga a toda persona (física o jurídica) que tenga “contratado” algún empleado del hogar (aunque solo sea por una hora), ha regularizar esa situación dándolo de alta en la Seguridad Social, cotizando por ello, tener un contrato, pagas extras, ….  Ah! El plazo vence el 30 de Junio de este año.



Muchos de vosotros pensareis: ”Muchas gracias por la información pero ¿Esto que tiene que ver con la Protección de Datos?”.

Antes de contestar a la pregunta, os voy a comentar lo que pasa en muchas Comunidades de Propietarios y es que tienen una señora de la limpieza sin contrato, ya que o es una vecina, o una persona de toda la vida, o una amiga de alguien y siempre se le ha pagado en negro ya que se considera que es un sobresueldo que no se tiene que declarar:

Pues bien, cuando se les dice a las Comunidades de Propietarios que tiene que adecuarse a la Ley Orgánica de Protección de Datos, una de las dudas que siempre les surge es: ¿Inscribimos un fichero que se llame limpieza? Y casi siempre la respuesta es: “Mejor que no, no sea que por eso Hacienda o la Seguridad Social lo sepa y se nos caiga el pelo por ello”.  Y ya le puedes aconsejar que mejor que se inscriba, que una cosa no tiene nada que ver con otra, etc, etc, que se cierran en banda.

Así que a todas esas Comunidades de Vecinos que decidieron que mejor no inscribir ese fichero, hay que recordárselo (y esto mas bien va por los Administradores de Fincas), ya que con eso que se dice que lo de la Protección de Datos solo hay que hacerlo una sola vez y sirve para siempre, muchas veces se piensa que ya está, que ya se esta cumpliendo con lo que dice la LOPD, y no es así, de vez en cuando hay que echarle un vistazo y ver como lo tenemos.

martes, 12 de junio de 2012

Con la Excusa de la Protección de Datos no todo vale


Hoy os voy a contar una anécdota que le ha pasado a un Administrador de Fincas y que luego me ha comentado, que explica muy mucho el nivel de conocimiento de algunas personas sobre la Protección de Datos.

Resulta que hay una Comunidad de Propietarios que no están conforme con la limpieza que se está realizando en la finca, están decidiendo en rescindir el contrato, pero como hace mucho que trabajan con ellos, se piensa que todo fue de viva voz, y que al final no se le dio el contrato a la Comunidad por lo que el Administrador no la tiene. Acto seguido, el Administrador se pone en contacto con la empresa de Limpieza para que por favor le envíe el contrato y así tenerlo y mirar cuando vence para poderlo rescindir.



Bueno, pues esta petición, tan normal, y que en un principio no tiene que haber ningún problema para poderlo realizar, se vuelve en contra del Administrador por las siguientes explicaciones:

-   “No te puedo dar el contrato porque esto es entre la Comunidad de Propietarios y nosotros (la Empresa de Limpieza), por lo que tú no pintas nada (refiriéndose al Administrador), y si acaso tendrá que ser el presidente que me lo pida”.  El Administrador al oír esta excusa le remitió al Articulo 20 apartado e) de la Ley de Propiedad Horizontal: “Actuar, en su caso, como secretario de la Junta y custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad”. Y entre esta documentación esta el contrato de limpieza.  Así que dio otra excusa mas inverosímil.

-   “No te puedo dar el contrato por la Protección de Datos” ¿COMO? Ahora es cuando me viene a la cabeza: “No tomarás el nombre de Protección de Datos en vano”.

El titulo entero de “esto de la Protección de Datos” es: Protección de Datos de Carácter Personal, por lo que un contrato de Limpieza entre la Empresa de Limpieza y la Comunidad de Propietarios no tiene nada de personal.  Si que es verdad, que en el contrato puede figurar el gerente de la empresa o el presidente de la comunidad de propietarios de turno, pero estas dos personas son los representantes.

Es como si tengo contratada una Gestoría que me lleve los papeles de la empresa.  Yo se cuando llamo como se llama la secretaria, la gestora, etc. incluso puedo tener sus direcciones de correo electrónicos profesionales, pero quien me hace el servicio es la empresa gestora, quien me factura es la empresa gestora.

Ah! El final de la historia fue que tuvo que hablar el presidente con la Empresa de Limpieza y darles una bronca para que al final lograra entregar el contrato de Limpieza al Administrador de Fincas.

martes, 5 de junio de 2012

Morosidad, Tablón de Anuncios y L.O.P.D


Una de las cosas que me gustan hacer es visitar diferentes blogs de Comunidades de Vecinos, creo que es una manera clara de ver la realidad y la necesidad de los Propietarios, ya que a veces nos encerramos en nuestro “mundo de plástico duro” y nos alejamos de esa realidad que ellos viven.

También os diré que me gusta participar de ellos para resolver dudas y responder preguntas que se les plantea, porque os recuerdo que uno de los motivos por los cuales “monté” esto fue para informar a los Ciudadanos de a Pie, sobre los Derechos de sus Datos.

Pues bien, una de las dudas que ya han aparecido en diferentes ocasiones es si se puede poner en el tablón de anuncios de la Comunidad un listado de morosidad de los propietarios que deban algún recibo.  Sé de buena tinta, que muchas veces lo ponen, tanto los presidentes como los Administradores de Fincas, para que el “moroso” se dé por aludido y por vergüenza pague, y también sé de buena tinta que muchas veces esta media de presión no sirve para nada ya que los morosos pasan de todo lo que le diga la Comunidad.



Pero no nos alejemos del tema: Cuando se cuelga en el tablón de anuncios un listado de morosidad o cualquier dato de algún propietario, a esto se llama “Cesión de Datos” (Definición según la L.O.P.D: “Cesión o comunicación de datos: toda revelación
de datos realizada a una persona distinta del interesado”). Y para poder Ceder los Datos, tiene que tener la autorización del interesado, o sea el moroso, tal y como lo refleja el Articulo 11 Apartado 1 de la LOPD: “Los datos de carácter personal objeto del tratamiento sólo podrán ser comunicados a un tercero para el cumplimiento de fines directamente relacionados con las funciones legítimas del cedente y del cesionario con el previo consentimiento del interesado”.  Por lo que NO, se puede Colgar ningún Dato en el Tablón de Anuncios.

Pero como en toda regla también existe excepciones ya que como dice el Apartado 2 del articulo antes descrito: “El consentimiento exigido en el apartado anterior no será preciso cuando la cesión está autorizada en una ley”. Y existe una Ley que lo permite que es la Ley de Propiedad Horizontal, según el Articulo 9 Apartado h) “Si intentada una citación o notificación al propietario fuese imposible practicarla en el lugar prevenido en el párrafo anterior, se entenderá realizada mediante la colocación de la comunicación correspondiente en el tablón de anuncios de la comunidad, o en lugar visible de uso general habilitado al efecto, con diligencia expresiva de la fecha y motivos por los que se procede a esta forma de notificación, firmada por quien ejerza las funciones de secretario de la comunidad, con el visto bueno del presidente. La notificación practicada de esta forma producirá plenos efectos jurídicos en el plazo de tres días naturales”. Por lo que  si a un moroso se le reclama la cantidad adeudada por vía judicial y el juzgado no ha podido notificárselo en su domicilio, entonces, pendiéndolo en el tablón de anuncios, se dará como notificado, con lo que podrá seguir la vía jurídica.

En resumen, que no se puede colgar ningún dato de ningún propietario en el tablón de anuncios excepto que reclamen una morosidad por vía judicial y haya sido imposible notificarla al moroso en su domicilio.

martes, 29 de mayo de 2012

Jugar a ser Dios


Hoy os haré un confesión, y es que entre otras cosas soy Diplomado en Estadística por la Facultad de Económicas de la Universidad de Barcelona (nota mental: ponerlo en Linkedin), y aunque no ejerzo la profesión, siempre me ha gustado.  Y esto me recuerda lo que nos dijo el profesor de Diseño de Encuestas: “Hacer estadísticas es jugar a ser Dios, ya que solo Dios es capaz de saber, cual es la altura media exacta de todo el mundo y nosotros siempre la tendremos que dar con un margen de error que intentamos que sea el menor posible”



En fin, que siempre que puedo, me gusta hacer estadísticas y encuestas y como en esto de la Social Media todavía voy en pañales, gracias a  Luís García Rosales (que os recomiendo su blog ) descubrí herramientas para poderlas realizar por Internet así, que se me ha abierto una ventana, que digo ventana, un balcón para saciar mi curiosidad que es mucha.

Y la primera que quiero hacer es averiguar hasta que punto los Autónomos saben de la obligación o no obligación de Adecuarse a la Ley Orgánica de Protección de Datos y si se han adecuado o no y el motivo.  Por lo que a partir del 1 de Junio la subiré a la red, y estará en ella 1 mes, para que la rellenen solo autónomos y luego en la segunda quincena de Julio publicaré los datos que seguro serán muy interesantes.

Por lo que os pido (mis queridos lectores) que si os llega por medio de alguna red social, por favor la Retuitireis, o la compartáis, o la copiéis en vuestro muro, para intentar que llegue al máximo posible de la población autónoma y hacer que la encuesta sea mas fiable y los resultados mas concluyentes. 

Así que muchas gracias por anticipado y ya os iré contando el grado de participación

martes, 22 de mayo de 2012

Los Administradores de Fincas: Unos vienen y otros se van


En los últimos años, el número de Administradores de Fincas, se ha incrementado notablemente por dos motivos fundamentales:

-  Primero: Porque debido a la crisis, entre otros, Gestorías y Despachos de Abogados han tenido que “evolucionar” hacia la Administración de Fincas, ya que debido al cierre de muchas empresas su volumen de clientes ha bajado estrepitosamente hasta números insostenibles.
- Segundo: La gran demanda que hay por parte de las Comunidades de Propietarios, a que las cuentas la lleven empresas profesionales, ya que según que funciones (como presidentes o propietarios) se nos escapa completamente de nuestro conocimiento. Por ejemplo: reclamaciones judiciales a los morosos que debido a la crisis cada vez hay mas (Según www.elderecho.com :” La morosidad en las comunidades de propietarios representa el 82% de las reclamaciones por parte de los ciudadanos”), subvenciones por obras de rehabilitaciones en la fincas, que pasos hay que seguir cuando hay que hacer obras, certificados para Hacienda, etc, etc.


Debido a esto, cada vez hay mas competencia, que lucha por su trozo de mercado, esta competencia en un principio es buena (no voy a meterme que alguno haga competencia desleal), hace que se regularice el precio, que ofrezcan, por parte de los Administradores de Fincas, muchos mas servicios que antes a las Comunidades de Propietarios y otras muchas cosas.  Pero lo que también hace es que por las Comunidades de Propietarios pasen diferentes Administradores de Fincas, ya sean porque quieren cambiar de Administrador, ya sea porque un Administrador le ha comprado la cartera a otro.

Y todo esto porque lo digo, porque muchísimos Administradores de Fincas, (y cada vez me estoy encontrando mas) al coger una Finca nueva, se olvidan que ellos, a partir de ahora, son los nuevos Encargados del Tratamiento ya que os recordamos según el Articulo 3 de la L.O.P.D: “Encargado del tratamiento: la persona física o jurídica, autoridad pública, servicio o cualquier otro organismo que, sólo o conjuntamente con otros, trate datos personales por cuenta del responsable del tratamiento”.  Por lo que hay que informar al Registro de la Agencia Española de Protección de Datos de esta nueva situación, y cambiar también el Documento de Seguridad.

A veces parece mentira que esto que parece tan insignificante, como el cambio de Administrador tenga tanta importancia ya que el Encargado del Tratamiento es una figura clave en la L.O.P.D e incluso esta sujeto al régimen sancionador tal y como lo dice el Articulo 43 de la L.O.P.D, junto con el Responsable del Fichero.

Por lo tanto, no olvidéis, que cuando tengáis una nueva Comunidad de Propietarios, y ya esta adecuada a la Ley, hacer este pequeño cambio.

martes, 15 de mayo de 2012

Y en el número 1. Las Comunidades de Propietarios


Como la mayoría de ustedes ya sabrán, y sin no para eso estoy yo aquí, para recordarlo una y otra vez, y las veces que sean necesarias, las Comunidades de Propietarios están obligadas por ley a Adecuarse a la Ley Orgánica de Protección de Datos, debido a que como tal, poseen datos de carácter personal, como por ejemplo los nombre de los propietarios, entre otras cosas.



Pues bien, todo esto lo explico, porque según las estadísticas de la Agencia Española de Protección de Datos, en el mes de abril, se han inscrito 5.224 Comunidades de Propietarios, por delante del Comercio con 4.771 ficheros inscritos, con lo que ha acabado en el puesto más alto, cosa que no pasaba desde Octubre del 2011.

Y esto ha sido en gran medida gracias a los Administradores de Fincas, gracias a su labor de sensibilizar e informar en la Junta de Propietarios a los vecinos, cosa que no es siempre fácil, si no todo lo contrario, (lo digo por experiencia, ya que colaboramos con muchos de ellos) y que juegan un papel muy importante en la Protección de Datos de las Comunidades de Propietarios ya que ellos son los Responsables del Tratamiento.

Así que, Administradores de Fincas, os continuo dando ánimos y fuerzas, aunque a veces sea una lucha contra viento y marea, porque sin vuestro trabajo, muchos ciudadanos de a pie (que suelen ser la figura mas débil) no estarían informados ni sabrían lo mas mínimo de la Protección de Datos y a los Colegios de Administradores de España, también os animo a que continuéis dando vuestro apoyo y formación sobre este tema porque aquí todos sumamos.

Muchas gracias a todos

lunes, 7 de mayo de 2012

Borrón y Cuenta Nueva


Debido a la situación económica que estamos pasando, muchas PYME y sobre todo las pequeñas empresas, para no cerrar, para poder sobrevivir y no echar a la gente a la calle “evolucionan”.  Se dedican a otras actividades empresariales, por ejemplo empresas que se dedicaban a la construcción de edificios, ahora se decidan a la rehabilitación de estos o empresas que antes se dedicaban a los sanitarios, ahora se decidan a los Cupcake.

Al hacer estos cambios, muchas veces se cambia la Denominación Social, (Antes de llamabas Constructores Pepe, S.L. y ahora Rehabilitaciones Integrales Pepe, S.L.), el Domicilio Social (Antes necesitabas estar en una nave de 20.000 m2, y ahora con un local de 200 m2 es suficiente) entre otras muchas cosas, utilizando el mismo NIF de la empresa antigua

Pero ¿Que pasa con los ficheros inscritos en el Registro de la Agencia Española de Protección de Datos de la empresa antigua?

Pues que eso ficheros actualmente estan mal, por lo que existen dos posibilidades:

-   Hacer una modificación en el Registro de la AEPD, y para ello hay que aportar documentación que acredite la nueva situación, como por ejemplo la escritura de la nueva empresa, o el nuevo NIF (Lo aconsejamos si las dos empresas tienen mas o menos las misma estructura de funcionamiento)
-   Hacer Borrón y Cuenta Nueva, que es dar de baja los ficheros antiguos y volver a dar de alta los nuevos, reflejando la situación actual (Esto lo aconsejamos si una empresa no tiene casi nada que ver con la otra)

Se piensa que Hacer Borrón y Cuenta Nueva es una medida un poco drástica y que se puede aprovechar lo que ya se tenia anteriormente, pero si se analiza con profundidad, muchas veces se ve que el fichero que parecía el mismo tanto en una empresa como la otra, cambia completamente (la finalidad no es la misma, como se obtienen los datos tampoco, etc.)  por lo que el Borrón y Cuenta Nueva muchísimas veces es la opción mas acertada

miércoles, 11 de abril de 2012

Reflexiones de Semana Santa


Ante todo espero que las hayas disfrutado mucho con lo seres queridos y que hayáis cogido energías para continuar luchando en estos momentos de dificultades.

Dejarme que os cuente la gran sorpresa que tuve en estas vacaciones.  No sé si os lo he dicho alguna vez pero mi mujer es de Zaragoza, así que aprovechamos estos días de vacaciones para ir a ver a su familia y amigos, y siempre que podemos nos gusta ir tapear a nuestros locales favoritos, los típicos y tópicos y que tiene su peculiaridad.



 
Esta vez fuimos a la Taberna de El Lince, muy cerca de la Plaza del Pilar, donde preparan unas sardianas rancias para chuparse los dedos.  Pues bien como hacia tiempo no íbamos lo primero que me chocó es que habían quitado el espumillón de las Navidades, pero me refiero a las Navidades del 2005 como mínimo, que fue cuando entré por primera vez, y luego lo que me sorprendió es que tenían un cartel de Videovigilancia, y ¡¡¡¡¡bien puesto!!!!!! con su Responsable, su dirección e incluso con un numero de teléfono, y situado en un lugar visible para todo el mundo.

No me lo podía creer, un “antro” (y digo lo de antro con todo mi querer y mi afecto) como ese tenían un cartel de videvigilancia como Dios manda y sin embargo una Gran Cadena Comercial, tiene el cartel escondido entre la ropa y era un cartel donde no se decía nada de lo que obliga la L.O.P.D.

¿Acaso tienen mejores asesores los de la Taberna que los del Gran Comercio en cuestión de Protección de Datos?  Yo creo que no, lo que si que creo que el de la Taberna esta concienciado y sensibilizado, y sabe que hacer las cosas bien no cuesta tanto, y el de la Gran Comercio, es algo que le da exactamente igual.

Por lo que os aconsejo es que si os pasáis por Zaragoza (los que viven allí ya lo conocen) lo vayáis a visitar y pidáis la especialidad de la casa que es el “Guardia Civil”.

Y de aquí mi homenaje a los empleados de la Taberna El Lince, que siempre que vamos nos tratan muy bien.  Muchas gracias

lunes, 26 de marzo de 2012

Megaupload es algo mas que Música y Películas


Hace unos meses saltó a las noticias que la empresa Megaupload la habían intervenido y la habían cerrado, auque casi daban mas importancia a los excesos desmesurados de los gastos que realizaba su propietario que a la empresa.

Pues bien, Megaupload, a grandes rasgos, era una empresa on-line, que funcionaba como “trastero” donde los usuarios (pagando) alquilaban un espacio para poder poner cualquier cosa, desde archivos de música, videos, hasta el trabajo de un master, o un borrador de un libro que se estaba escribiendo, etc.  Luego cada usuario elegía si quería que su “trastero” estuviera con la puerta cerrada o abierta, y se sabia que si la puerta estaba abierta, cualquier usuario de Megaupload, podría entrar a este “trastero” y copiar lo que estaba dentro (o lo que se dice “bajar de Internet”).

Cuando cerraron la empresa es como si la policía hubiera precintado este gran almacén de “trasteros” así que nada puede entrar y nada puede salir.  Es verdad que se precinta porque se demuestra que se esta cometiendo un delito contra la propiedad intelectual, ya que muchos en estos “trasteros” tenían guardados canciones o películas y cualquiera lo podía copiar.

Pero ¿que pasa con los que no cometían delito?  En teoría, se les tendría que permitir poder entrar en el “trastero” y coger lo que es suyo.  Pues bien, eso no esta pasando.  Resulta ser que este almacén está en Estado Unidos y no los quiere abrir y es mas el Gobierno Español ha reconocido que no ha conseguido respuesta por parte de las autoridades de Estados Unidos sobre el destino o la posible devolución a sus propietarios de los archivos, os paso el enlace de la noticia. Por lo que se puede perder todo lo almacenado en Megaupload

Y esto es un atentado claro a la privacidad y a nuestros datos porque recordar: “Mis Datos son solo míos y de nadie mas y yo con ellos hago lo que me da la gana”

miércoles, 14 de marzo de 2012

La Privacidad tiene un Precio


Eso es lo que deben pensar las grandes compañías de Internet como Google, Facebook e incluso Apple, ya que se están poniendo de acuerdo para que no prospere una propuesta del Congreso y de Agencias Federales para que los usuarios de estos servicios limiten a estas compañías los datos y el “no rastreo” de los navegadores.

Si la propuesta del Congreso se aprobara, seria un claro ejemplo de tener el dominio de nuestros datos (cosa que por otro lado es lógica), pero esto no es lo que querrían los grandes de Internet ya que eso supondría que luego no podrían ceder a Empresas nuestros datos para poder hacer acciones publicitarias a un colectivo de usuarios mucho mas especifico, por lo que la probabilidad de éxito de dichas campañas seria mayor.  Ejemplo: no es lo mismo hacer una campaña publicitaria de compresas a todo el mundo que hacerla a mujeres de entre 12 y 45 años. (Me viene a la memoria una película de ciencia ficción donde gracias a que había cámaras por todos los sitios, te reconocían el iris del ojo y mediante un holograma te publicitaban algo que seguro necesitabas)

Me gustaría recordar que la gran mayoría de los ingresos de las grandes compañías de Internet provienen de la publicidad, y cuando quiero decir la gran mayoría, me refiero a más del 90%.  Un ejemplo de esto es Google que de los 37.900 millones de dólares que ingresó el año pasado un 96 % lo hizo gracias a la publicidad. 

Muchos de nosotros pueden pensar que cuando uno se apunta a esto del Facebook, Twitter, Google, Hotmail, Yahoo, etc. uno ya sabe a lo que se expone, a que te bombardeen de publicidad.  Pero eso no es así, tenemos derechos sobre nuestros datos. 

“Mis Datos son Míos y de Nadie Mas y yo con ellos hago lo que me da la gana”.

viernes, 2 de marzo de 2012

¿Datos Especialmente Protegidos?


Parece mentira como en el día a día nos encontramos con cosas que no nos cuadra, ya sea por sentido común o ya sea porque conocemos la Ley y vemos como se inflinge, sin querer, pero se inflinge.

Este caso que os voy a explicar ha ocurrido mientras mi mujer y yo estábamos viendo colegios para elegir donde irá nuestra hija el año que viene.  Que uno no sabe la responsabilidad que es, hasta que no se mete, ya que depende de esa decisión gran parte de la educación de tus hijos, donde van a estar un montón de años, y deseas de todo corazón acertar con el centro elegido.

Volviendo al tema, estábamos viendo una de las clases y mi mujer se percató de una cosa pero no dijo nada, esperó a que todos los padres saliéramos de la clase, y fue entonces cuando me hizo volver otra vez al aula.  Y allí estaba, en la mesa de la profesora, un folio enganchado a la mesa, plastificado con las fotos de dos niños y una descripción de todas las enfermedades que tenían y como actuar sobre ellas, así que nos enteramos que tenían asma, episodios de epilepsia, ….  Mi mujer horrorizada me comentó si eso era normal, ya que si nosotros lo hemos visto, ¿Cuántas mas personas ajenas al colegio y sin autorización las vería? Pues no, normal no es, ya sea por coherencia, ya sea por sentido común, ya sea porque hay una Ley que dice que ese tipo de información tiene que estar en un lugar muy, pero que muy seguro y solo las personas autorizadas pueden verlo y consultarlo.

Lo chocante de todo esto es como hay personas que eso lo ven normal y entonces es cuando me reafirmo en mi compromiso de informar sobre la Protección de Datos a esas personas que la desconocen y así poner un poco mas de cordura en todo esto.

lunes, 20 de febrero de 2012

Victoria contra el Spam Telefónico



Mi abuelo que era muy refranero siempre me decía: “En casa del herrero, cuchillo de palo”, y esto viene al caso porque también a las personas que nos dedicamos a esto de la Protección de Datos, nos llaman a casa a cualquier hora para intentar vendernos algo.  Pero dejarme compartir con vosotros mi experiencia personal con una de estas compañías para que no perdáis la esperanza que se puede vencer al Spam Telefónico.

Mi experiencia es con al compañía Jazztel, que como he comentado antes nos llamaban a casa a cualquier hora del día e incluso de la noche; en un día podían llamarnos hasta en tres ocasiones, en fin, creo que sabéis a ciencia cierta lo que esto supone.  Al intentar ejercer mis derechos, siempre me colgaban, cuando les pedía como habían obtenido mis datos (ya que nunca he sido clientes de ellos) me decían que gracias a las Páginas Blancas de Telefónica, y cuando les decía que yo no aparecía, me colgaban.  Cuándo hablaba con algún superior para poder ampararme en la Ley Orgánica de la Protección de Datos, este me decía que eso de la Protección de Datos no existía, que era una cosa que se había “inventado”, y que realmente no funcionaba y luego me colgaba.  Así que la sensación de impotencia corría por mis venas, pero quien la sigue la consigue, y un día cuando me llamaron, después de volver a insistir sobre mis derechos, me dieron el teléfono para poderlos ejercer.  Este teléfono es el: 900809400, os lo doy por si lo necesitáis.  La persona que me atendió fue muy amable conmigo y poco después recibí mediante correo certificado que había procedido a la cancelación de mis datos en esta compañía y no han vuelto a llamarme.

Todo esto os lo explico para deciros que hay luz después del túnel, que es verdad que es difícil luchar contra el Spam Telefónico, pero que al final podemos ejercer nuestros derechos porque la Ley nos ampara. Así que muchos ánimos y os invito a continuar luchando por nuestros datos.

jueves, 9 de febrero de 2012

Fotógrafos, Escaparates y Protección de Datos


¿Quién no ha pasado alguna vez por el escaparate de un fotógrafo y se ha quedado mirando lo expuesto? Normalmente, son fotos, fotos artísticas, con mejor o peor gusto (depende de cada uno) y también, muestran otros objetos con fotos incorporadas, como relojes, tazas, cojines, llaveros ….  Normalmente la gente que aparece en esas fotos no las conocemos o no nos suena de nada, pensamos que son modelos profesionales o simplemente ni nos lo planteamos.

¿Pero que pasa si la foto que hay expuesta es la tuya?  Pues que si no nos ha avisado no sienta bien y entras al establecimiento a quejarte.

A veces te hacen caso y las retiran pero muchas veces no lo hacen atribuyendo a que ellos son fotógrafos profesionales, son artistas, y con sus fotos pueden hacer lo que quieran, que los protege la Ley de Propiedad Intelectual y así sales del establecimiento con una sensación de impotencia brutal.

Toda esta situación os la explico porque no es la primera vez que la escucho y creo que seria bueno que se supieran unas cuantas cosas….  Pero antes una definición:

Según el Real Decreto 1720/2007, de 21 de Diciembre 2007, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre de 1999, de Protección de Datos de Carácter Personal se dice en el Articulo 5 1.f) Datos de Carácter Personal es cualquier información numérica, alfabética, grafica, fotográfica, acústica o de cualquier otro tipo concerniente a la personas físicas identificadas o identificables”. O lo que es lo mismo, una foto es un Dato de Carácter Personal, y resulta ser que existe una Ley que lo protege.

Según esta Ley exponer una foto en el escaparate no deja de ser una cesión de datos a terceros (que son las personas que pasan por delante del escaparate) y lo que dice la Ley, en el Articulo 11, la Cesión a terceros tienen que ser con el consentimiento inequívoco previo del interesado.

Seguro que alguno está pensado ¿Y si no lo hacen? ¿Y si no puedo ejercer este derecho? Pues que esto se considera una infracción grave, según el Articulo 44 y puede sancionarse desde 60.000 a 300.000 €.

Os dejo un Enlace de un Proceso Sancionador de la Agencia de Protección de Datos parecido al comentado.

Y espero haber aclarado algunas dudas

jueves, 26 de enero de 2012

1000 Gracias


Esta entrada en el Blog es para agradeceros que lo visitéis y que lo leías.  Ya hemos superado las 1.000 visitas!!!!!

He de reconocer que cuando lo empecé a escribir, casi lo hacia para plasmar mis pensamientos, mis inquietudes, mis reflexiones sobre la Protección de Datos y aspectos de la Vida, pero casi a titulo particular, pensando que nadie me leería, que eso de la Protección de Datos está muy bien pero no interesa a nadie o a casi nadie.  Pero la sorpresa fue cuando puse lo del contador de visitas (una opción del Blog) y poco a poco empezó a sumar y a sumar y a sumar, hasta que han pasado de las 1.000 visitas.

Esto me ha ilusionado mucho y he dejado de pensar que todo iba a un saco roto.  Así que solo me queda por decir: GRACIAS!!!!!! Que sin vosotros (y es verdad) no se hubiera conseguido y me da más fuerzas para continuar para delante, continuar publicando más cosas en el Blog, porque os interesa y porque con este granito de arena puedo sensibilizar de lo importante que son Nuestros Datos (yo estoy completamente convencido) y que por eso los tenemos que proteger.  Y como a mi me gusta decir: “Mis Datos son míos y de nadie más y yo con ellos hago lo que me da la gana”.

1.000 GRACIAS!!!

martes, 17 de enero de 2012

Zona Videovigilada (Parte 2)


Dejarme que os cuente, lo que me ha pasado después de estas vacaciones de Navidad (que ante todo espero que hayan ido muy  bien a todos y a todas).
Como muy  bien sabréis, después de las vacaciones de Navidad  vienen las Rebajas, si esas que duran hasta la Primavera, y como no podía ser de otro modo, yo también soy consumidor de dichas Rebajas, no como las personas que siempre salen por la tele para ser las primeras, pero he de confesar que me gusta.  Pues bien, resulta ser que hemos ido a un Centro Comercial grande, con grandes supermercados y grandes tiendas con grandes marcas, donde todo parece estar minuciosamente pensado, desde el precio de los artículos, en cómo colocarlos en los escaparates y en las estanterías hasta en engrase de los carritos para que no te cueste arrastrarlos y que tu compra sea lo más placentera.  Pues en esa minuciosidad me he encontrado lo que os pongo en la foto:

Es uno de los carteles donde se informaba que había cámaras de vigilancia.  Lo curioso no es que estuviera detrás de las perchas, o de las columnas, para que todo el mundo no las viera, si no que eran los únicos carteles que lo ponían.  En ningún sitio, y digo en ningún sitio estaba el cartel donde se informaba de quien era el responsable y donde poder ejercer mis derechos.  En otras palabras, que no estaban cumpliendo con la Ley.
Cuando la he visto por primera vez, me ha chocado, y he pensado: “Mira, un cartel que debe complementar al de la Protección de Datos”,  (iluso de mi) ya que como estaba en una gran cadena, y todo está muy bien pensado, supuse que lo encontraría enseguida.  Pero como dice una gran amiga mía: “La suposición es la madre de los metepatas” y lamentablemente no estaba.
Así que ni el más grande se salva!!!!